Todo lo que debes saber sobre la Ley de Precios Acordados

Pedro Luis Martín Olivares - Todo lo que debes saber sobre la Ley de Precios Acordados

Pedro Luis Martín Olivares – La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó la Ley de Precios Acordados, presentada en septiembre pasado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, como parte de ocho proyectos legislativos que tienen como objetivo proteger al pueblo venezolano de la guerra económica e impulsar el desarrollo del aparato productivo.

La normativa contiene 12 artículos. Los primeros seis fueron aprobados por el órgano plenipotenciario durante la sesión del 14 de noviembre, y se refieren a los principios y bases para lograr precios acordados.

Este  21 de noviembre se aprobaron los seis restantes, que incluyen las alianzas entre el Estado y los actores del aparato productivo, negociaciones para precios acordados, análisis de costos y actualización de precios, entre otras áreas.

Tras la aprobación de los artículos, la presidenta de la ANC, Delcy Rodríguez, instó a todos los sectores implicados en la comercialización de bienes y servicios, así como al pueblo, a convertir esta ley constitucional en un mecanismo para el entendimiento y la conciencia colectiva, con el fin de lograr la estabilidad económica.

Lo más importante del instrumento legal

1) Los precios se generarán a partir de un diálogo de corresponsabilidad entre todos los sectores, a fin de estimular la producción y comercialización de los rubros.

2) La Ley se aplica tanto a personas naturales como jurídicas que participan e intervienen en actividades de producción y comercialización de productos.

3) Plantea que el aparato productivo nacional podrá realizar acuerdos con el Ejecutivo para fomentar el abastecimiento.

4) El Ejecutivo Nacional, a través del órgano que este determine, convocará a las negociaciones de precios acordados. Reunirá a los entes pertinentes de los sectores público, privado, comunal y los trabajadores mediante los Consejos Productivos.

5) Los precios se basarán en un análisis de los costos. La Vicepresidencia Ejecutiva será el ente encargado de recibir, mediante una notificación, las estructuras de costos que luego serán evaluadas mediante un sistema de información. El Estado establecerá la tasa de cambio para la estimación de las estructuras de costos.

6) Los precios acordados serán revisados periódicamente.

7) El Ejecutivo podrá incorporar al programa de precios acordados cualquier bien o servicio que por estrategia o circunstancia especial de interés general y social sea de prioridad para el bienestar del pueblo.

8) Ante incumplimientos de la Ley, se aplicarán las sanciones que contempla la Ley Orgánica y Precios Justos, hasta que se cree el Sistema Integrado de Seguimiento y Control para el Abastecimiento Soberano y Cumplimiento de la Política de Precios.

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Pedro Luis Martín Olivares
Economía y Finanzas

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